Cómo se Cuentan los Plazos Procesales en Argentina (Guía Definitiva)

Dominá el cómputo de plazos procesales en Argentina. Guía actualizada sobre días hábiles, el plazo de gracia y las diferencias clave entre Nación, PBA, Córdoba, Santa Fe y más.

Tabla comparativa de plazos procesales en Argentina 2024. Se detalla el plazo de gracia, inicio de plazo por notificación electrónica y cómputo general en las jurisdicciones Nacional, Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Mendoza.
Publicado el 24 de septiembre de 2025
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Cómo se Cuentan los Plazos Procesales en Argentina (Guía 2024)

El correcto cómputo de plazos procesales en Argentina es un pilar fundamental en el ejercicio de la abogacía. Un error puede determinar el éxito o fracaso de una estrategia, e incluso la pérdida de un derecho. La precisión no es una opción, es una obligación profesional.

En esta guía actualizada a 2024, te ofrecemos un recorrido claro sobre las reglas que rigen los vencimientos de plazos judiciales, para que puedas ejercer con la máxima seguridad y rigor.

¿Cuándo Empieza a Correr un Plazo Procesal?

La primera regla a dominar es el inicio del cómputo, conocido como dies a quo. Según la normativa general, el plazo procesal no empieza a correr el día de la notificación, sino a partir del día hábil siguiente.

Esto aplica tanto para las notificaciones electrónicas como para las cédulas en formato papel o las notificaciones ministerio legis.

La Regla General: Cómputo por Días Hábiles Procesales

El principio general en nuestro país es que los plazos se cuentan por días hábiles procesales, salvo que la ley especifique de forma expresa que son días corridos.

  • Días Hábiles: Son los días de funcionamiento de los tribunales. Excluyen fines de semana, feriados y las ferias judiciales.
  • Días Corridos: Incluyen todos los días del calendario. Son excepcionales y deben estar indicados por la norma.

El Plazo de Gracia del Código Procesal

Una particularidad de nuestro sistema es el plazo de gracia, un mecanismo que permite presentar escritos válidamente el día hábil posterior al vencimiento, durante un lapso específico al inicio de la jornada. Es crucial entender que no es una extensión del plazo, sino una facilidad para el acto de presentación.

Un Mosaico Federal: Diferencias Clave entre Jurisdicciones

Si bien las reglas generales son similares, el sistema federal argentino implica que cada provincia tiene su propio código. Las diferencias en el cómputo de plazos procesales pueden ser determinantes.

Aquí las características de las jurisdicciones mas representativas que ilustra la diversidad:

1. Jurisdicción Nacional (Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)

Plazo de Gracia: Las dos (2) primeras horas del día hábil siguiente al vencimiento (Art. 124, CPCCN).

Inicio del Plazo por Notificación Electrónica: Se perfecciona el día de nota (martes o viernes) posterior a que la notificación estuvo disponible en el sistema.

Cómputo de Plazos: Se cuentan por días hábiles (Art. 156, CPCCN).

2. Provincia de Buenos Aires (Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires)

Plazo de Gracia: Las cuatro (4) primeras horas del día hábil siguiente al vencimiento (Art. 124, CPCCBA).

Inicio del Plazo por Notificación Electrónica: Se perfecciona el día hábil siguiente a la fecha en que la comunicación fue realizada.

Cómputo de Plazos: Se cuentan por días hábiles (Art. 156, CPCCBA).

3. Provincia de Córdoba (Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba)

Plazo de Gracia: No existe. El plazo vence a la última hora del día de su vencimiento.

Inicio del Plazo por Notificación Electrónica: Se perfecciona el día hábil siguiente a que la notificación estuvo disponible en el sistema para el destinatario.

Cómputo de Plazos: Se cuentan por días hábiles (Ley Orgánica del Poder Judicial).


4. Provincia de Santa Fe (Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe)

Plazo de Gracia: Las dos (2) primeras horas del día hábil siguiente al vencimiento (Art. 61, CPCCSF).

Inicio del Plazo por Notificación Electrónica: Se perfecciona el día hábil siguiente a la fecha en que la notificación quedó disponible en el sistema.

Cómputo de Plazos: Se cuentan por días hábiles (Art. 59, CPCCSF).

5. Provincia de Mendoza (Código Procesal Civil, Comercial y Tributario)

Plazo de Gracia: No existe. El vencimiento opera al finalizar el día hábil.

Inicio del Plazo por Notificación Electrónica: Se perfecciona en el mismo momento en que el archivo digital queda disponible en el sistema.

Cómputo de Plazos: Se cuentan por días hábiles (Art. 60, CPCCyT).

Advertencia Fundamental: La Importancia de la Verificación Local

Esta lista es una herramienta ilustrativa para resaltar la existencia de diferencias críticas. Jurisdicciones como Salta, Tucumán, Entre Ríos o Neuquén también presentan sus propias particularidades.

Precisión en los Plazos, una Ventaja Estratégica

Dominar el cómputo de plazos procesales no es un mero formalismo; es una demostración de rigor y una herramienta estratégica. Conocer estas reglas en profundidad, y sobre todo, estar consciente de las variaciones jurisdiccionales, te permite gestionar tus casos con mayor eficiencia, evitar errores críticos y, en definitiva, defender mejor los intereses de tus clientes

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